Términos y condiciones de financiación

Iberent Technology, S.A. (en adelante, “Iberent”), con CIF n.º A84231620, ubicada en calle Saragossa 107 local, 08006 Barcelona, correo electrónico: iberent@iberent.com, y teléfono de contacto: 93 467 27 17, ofrece una solución de financiación en renting para empresas y autónomos.

  1. La cuota indicada en el contrato de arrendamiento no incluye impuesto y está sujeta al tipo de impuesto o gravamen aplicable, que correrá a cargo del arrendatario.
  2. Los dispositivos deben estar asegurados en aplicación de las condiciones generales del contrato de arrendamiento.
  3. El seguro de los dispositivos no está incluido en cuotas.
  4. La financiación en renting no se aplica a la compra de equipos usados, restaurados o de exposición, salvo en caso de Rentback.
  5. Los gastos de tramitación del contrato de arrendamiento tendrán un coste de 85€ + IVA a cargo del arrendatario.
  6. El contrato de arrendamiento no dará lugar a una opción de compra a su vencimiento.
  7. Mediante la aceptación de los presentes términos y condiciones de financiación, el solicitante declara:

– Que tiene abierta una cuenta corriente operativa en una entidad bancaria autorizada y registrada en España de conformidad con la normativa española y se compromete a no cancelarla durante la vigencia del arrendamiento sin comunicarlo previamente para hacer los trámites necesarios ante Iberent.

– Que no tiene pagos pendientes o deudas frente a terceros que puedan impedir el pago del arrendamiento, incluyendo pagos pendientes que estén anotados en cualquier registro de información sobre solvencia patrimonial y crédito. No tiene embargos ni procedimientos ejecutivos en curso.

– Que desarrolla su actividad en la dirección de entrega indicada en el contrato de arrendamiento, la cual consta en el modelo 036 o 037 y en el Registro Mercantil.

– Que los equipos solamente se podrán entregar a la referida dirección.

– Que toda la información personal y documentación suministrada por el arrendatario a Iberent, es cierta, veraz, completa y actualizada. El suministro de información inexacta, falsa o incompleta puede ser objeto de acciones legales, incluidas las de naturaleza penal.

En cualquier caso, el solicitante notificará inmediatamente y por escrito a Iberent cualesquiera modificaciones a cualquiera de las anteriores manifestaciones a la dirección que la empresa de renting haya designado a efectos de notificaciones.

Condiciones generales del servicio de Seguro Multirriesgo Iberent

La presente nota de información es un resumen de las Condiciones Generales del contrato de seguro suscrito por la Sociedad IBERENT TECHNOLOGY, S.A., con AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, con N.I.F.: A60917978 y domicilio social en Calle Monseñor Palmer 1, Palma de Mallorca (Islas Baleares), a través de SEGUROS SILVAN DE UBARRI, S.L. con N.I.F.: B60859972 y domicilio social en Barcelona, Calle Numancia, 134.

1. Objeto de las garantías – Bienes cubiertos

Aparatos cubiertos: aparatos, mencionado sobre el contrato de alquiler, de tipo electrónico, electromecánico, eléctrico, centralitas, telecomunicaciones y todos los componentes alquilados necesarios para su funcionamiento comprados nuevos o alquilados con IBERENT TECHNOLOGY, S.A, cualquiera que sea el fabricante.

1.1 Acontecimientos garantizados

El asegurador garantiza todos los daños materiales que alcancen de manera súbita e imprevista los aparatos cubiertos. Tras un siniestro cubierto, bajo reserva del pago de la franquicia, dentro del límite de su valor de compra y a la sola elección de IBERENT TECHNOLOGY, S.A, se indemnizará la reparación del aparato cubierto.
Si este resulta irreparable, se organizará su cambio, en caso de danos accidentales causados tras un siniestro cubierto, excepto los citados en el capítulo 1.4 – Exclusiones de la cobertura.

1.2 Límites de la cobertura

En el marco de un siniestro que afecta a varios aparatos, las garantías se limitan a un millón quinientos mil (1.500.000) euros por siniestro, anualidad y póliza.

1.3 Condiciones de aplicación de la cobertura

La adhesión debe haber sido suscrita en el momento de la compra del nuevo material y registrada con IBERENT TECHNOLOGY, S.A. La información siguiente debe mencionarse: el asegurado (razón social – forma jurídica – domicilio social); El número del contrato de alquiler; Las referencias del material comprado (aparato – modelo – número de serie); La fecha de entrega del material.

1.4 Exclusiones de la cobertura

Se excluyen de la cobertura los daños materiales, gastos y/o pérdidas indirectas o perjuicios de cualquier clase producidos directa o indirectamente por:

  • Reparaciones no autorizadas por IBERENT TECHNOLOGY, S.A.
  • Desgaste, cualquiera que sea su origen, principalmente mecánico, técnico o químico, acción progresiva y continuada del funcionamiento, del simple uso o de agentes destructores como oxidación, corrosión, contaminación, fatiga de cualquier origen.
  • Hechos del mantenimiento o de la puesta en servicio de un bien dañado antes de su reparación completa y definitiva.
  • Experimentos o ensayos distintos de las verificaciones habituales de buen funcionamiento.
  • Anomalías que sean objeto de garantía por los constructores, suministradores o mantenedores obligados a contratar.
  • Dolo o culpa grave del Asegurado.
  • Vicios o defectos conocidos por el Asegurado al contratar la póliza.
  • Pérdidas indirectas tales como lucro cesante, pérdida de uso, paralización del trabajo, anulaciones o penalización contractuales.
  • Gastos de cualquier naturaleza debidos a modificaciones, mejoras o revisiones efectuadas con ocasión de un siniestro indemnizable.
  • Gastos de reconstitución de ficheros, gastos suplementarios.
  • Virus informáticos, fraude informático.
  • La destrucción o deterioro de los objetos asegurados fuera del lugar descrito, a menos que su traslado o cambio hubiera sido previamente comunicado por escrito al asegurador y éste no hubiese manifestado en el plazo de quince (15) días su disconformidad.
  • Siniestros producidos con motivo o a consecuencia de actos políticos o sociales, o sobrevenidos con ocasión de alborotos populares, motines, huelgas, disturbios internos y sabotaje, guerra civil o internacional, haya o no mediado declaración oficial, levantamientos populares o militares, insurrección, rebelión, revolución y operaciones bélicas de cualquier clase, a consecuencia de erupciones volcánicas, huracanes, trombas, terremotos, temblores de tierra, maremotos, embates del mar en las costas, inundaciones y hundimientos. No obstante, cuando el Asegurado pruebe que el siniestro no ha tenido ninguna relación con tales hechos, quedará garantizado el mismo.
  • Daños ocasionados directamente por los efectos mecánicos, térmicos y radiactivos debidos a reacciones o transmutaciones nucleares, cualquiera que sea la causa que las produzca.
  • Pérdidas de valor o de aprovechamiento de las existencias a consecuencia de los hechos mencionados en el párrafo anterior.
  • Gasto de descontaminación, búsqueda y recuperación de los isótopos radiactivos, de cualquier naturaleza y aplicación, a consecuencia de un siniestro cubierto.
  • Efectos estéticos, tales como raspaduras en superficies pintadas, pulidas o barnizadas.
  • Remoción de escombros, desmontaje y desbordamientos.
  • Defectos o vicios ya existentes al contratar el seguro.
  • Desgaste o deterioro paulatino como consecuencia del uso o funcionamiento normal, erosión, corrosión, oxidación, cavitación, herrumbre o incrustaciones.
  • Experimentos, ensayos o pruebas en cuyo transcurso sea sometida la máquina asegurada, intencionadamente, a un esfuerzo superior al normal.
  • Mantenimiento en servicio de un objeto asegurado después de un siniestro, antes de que haya terminado la reparación definitiva a satisfacción del asegurado.
  • Directa o indirectamente por fallo o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica de la red pública, de gas o de agua.
  • Cualquier gasto efectuado con objeto de eliminar fallos operacionales, a menos que dichos fallos fueran causados por pérdidas o daños indemnizables ocurridos a los bienes asegurados.
  • Cuya responsabilidad recaiga en el fabricante o el proveedor de los bienes asegurados, ya sea legal o contractualmente.
  • Equipos arrendados o alquilados cuando la responsabilidad recaiga en el propietario, ya sea legalmente o según contrato de arrendamiento y/o mantenimiento.
  • Cualquier clase que se produzcan con ocasión del siniestro, como falta de alquiler o uso, suspensión o paralización del trabajo, incumplimiento o rescisión de contratos, multas contractuales y, en general, cualquier perjuicio o pérdida de beneficios resultante y responsabilidad civil de cualquier naturaleza.
  • Pérdidas o daños a partes desgastables tales como bulbos, válvulas, tubos, bandas, fusibles, sellos, cintas, alambres, cadenas, neumáticos, herramientas recambiables, rodillos grabados, objetos de vidrio, porcelana o cerámica o cualquier medio de operación (por ejemplo: lubricantes, combustible, agentes químicos, etc.), cuando las pérdidas o daños se originen en ellos mismos.
    de los que sea responsable legal o contractualmente el fabricante o proveedor de la maquinaria.
  • Perjuicios y pérdidas indirectos de cualquier clase, que se produzcan con ocasión del siniestro, como falta de alquiler o uso, suspensión o paralización del trabajo, incumplimiento o rescisión de contratos, multas contractuales y, en general, cualquier perjuicio o pérdida de beneficios resultantes y responsabilidad civil de cualquier naturaleza.
  • Daños y pérdidas causadas en correas, bandas de todas clases, cables, cadenas, neumáticos, matrices, troqueles, rodillos grabados, objeto de vidrio, esmalte, fieltros, coladores o telas, cimentaciones, revestimientos refractarios, quemadores y, en general, cualquier objeto de rápido desgaste o herramientas cambiables.
  • Siniestros ocurridos a consecuencia de riesgos opcionales que no se hayan garantizado expresamente en las Condiciones Particulares.
    Tampoco no se garantizan:
    • Los bienes durante las operaciones de descarga, instalación, montaje y ensayos de máquinas nuevas antes de su puesta en explotación o recepción provisional.
    • Las averías mecánicas o eléctricas, congelación de refrigerante o de otros fluidos, lubricación deficiente o falta de aceite o de refrigerante, sin embargo, si a consecuencia de una avería de tal naturaleza ocurre un accidente que causa daños externos, estos daños serán indemnizables por la póliza.
  • Los combustibles, lubricantes, medios refrigerantes, metalizadores, catalizadores y otros medios de operación, a excepción del aceite usado en transformadores e interruptores eléctricos y de mercurio, utilizado en los rectificadores de corriente.
2. Territorialidad

Las garantías se suscriben en España y se aplican a los acontecimientos que ocurren dentro del territorio nacional para los equipos fijos. Las garantías se aplican en toda Europa para los equipos móviles.

3. Siniestros
3.1 Obligaciones del asegurado en caso de siniestro

El asegurado debe informar a IBERENT TECHNOLOGY, S.A, en cuanto tenga conocimiento del siniestro o a más tardar en el plazo de dos (2) días laborables en caso de robo, hurto o incendio, o en los cinco (5) días laborables para los otros casos. En caso de rotura, debe sistemáticamente devolver el aparato dañado, así como sus accesorios. Se enviará una copia a título informativo a IBERENT TECHNOLOGY, S.A.
Esta declaración escrita deberá precisar la fecha, la naturaleza, las circunstancias, las causas del siniestro, el número del contrato de alquiler IBERENT TECHNOLOGY, S.A, el material cubierto (aparato – modelo – marca – número de serie).

3.2 Cobro total de la prima

Para los contratos emitidos con fraccionamiento de prima, IBERENT TECHNOLOGY, S.A podrá realizar el cobro de la prima anual, sobre el equipo o equipos siniestrados, restante antes de gestionar un siniestro.

3.3 Justificantes que deben adjuntarse a la declaración

Para todo robo con amenazas: el justificante de presentación de la denuncia. La copia de la declaración al asegurador Multirriesgo o la factura de sustitución de la cerradura en caso de robo por infracción. En caso de robo, estando el equipo asegurado en el interior de un vehículo, esta cobertura se aplicará con las siguientes condiciones: 1) Que el vehículo tenga techo fijo. 2) Que el vehículo esté estacionado y debidamente cerrado con llave. 3) Que el robo ocurra entre las 6.00 y las 22.00 horas (esta restricción no se aplica si el vehículo se encuentra en un garaje cerrado o en un estacionamiento vigilado). 4) Que el equipo asegurado se encuentre en el maletero del vehículo, sin estar a la vista.
En caso de daño irreparable o robo con daños o intimidación, los documentos demandados deberán ser enviados por correo certificado a IBERENT TECHNOLOGY, S.A. En los otros casos la confirmación de la declaración podrá ser efectuada por correo electrónico, por fax o por correo ordinario. A petición expresa de IBERENT TECHNOLOGY, S.A, podrá reclamar información complementaria o documentos suplementarios tales como el original de factura de compra del producto, para validar la declaración del asegurado.

3.4 Recuperación del material

IBERENT TECHNOLOGY, S.A recuperará el material dañado.

4. Efecto y duración de la cobertura

La cobertura entra en vigor a la firma del contrato de alquiler de IBERENT TECHNOLOGY, S.A con adhesión al seguro en el momento de compra del material, bajo reserva del pago efectivo de la cotización, o de las cotizaciones sucesivas en el caso de contratos emitidos con fraccionamiento de prima. La cobertura se suscribe hasta el 31 de diciembre del año 2024.

5. Cancelación
5.1 Automáticamente

En caso de pérdida total de todos los materiales cubiertos en el contrato de alquiler resultante de un acontecimiento no cubierto.
En caso de cambio de propietario del material(es) garantizado(s).

5.2 Por iniciativa del asegurador

En caso de impagado de la cotización.
En caso de siniestro, la adhesión puede cancelarse en el plazo de un (1) mes siguiente al siniestro por el envió de una carta certificada. La cancelación entrara en vigor un (1) mes después, dando fe el sello de Correos.

6. Disposiciones diversas
6.1 Renovación anual

La prestación de seguro se renovará tácitamente cada año y se formalizará mediante la facturación de ella misma. IBERENT TECHNOLOGY, S.A. se reserva el derecho de incrementar la tarifa en función de la siniestralidad global constatada durante el año transcurrido.

6.2 Renuncia al seguro

Se puede, en el plazo de treinta (30) días que siguen la fecha de facturación de la prestación de seguro, renunciar a la oferta de seguro IBERENT TECHNOLOGY, S.A, enviando, a la activación del contrato de alquiler, un simple correo acompañado del certificado adjunto debidamente completado por el asegurador de su elección, y para años sucesivos la correspondiente renovación de la póliza aportada, a:
IBERENT TECHNOLOGY, S.A. – Servicio Seguro
Calle Saragossa, 107 – Local
08006 Barcelona
o por correo electrónico a seguro@iberent.com.

6.3 Seguros acumulados

Cuando se contratan varios seguros sin fraude para un mismo riesgo, cada uno de ellos tiene efecto dentro de los límites de las garantías del contrato. En ese caso, el asegurado debe avisar a todos sus aseguradores.

6.4 Protección de datos

El asegurado puede pedir la comunicación y rectificación de toda información que le atañe y que figure en todo fichero de uso de la compañía de seguro, del corredor, sus mandatarios, así como de IBERENT TECHNOLOGY, S.A. El derecho de acceso y rectificación se ejerce ante SEGUROS SILVAN DE UBARRI, S.L.

6.5 Reclamación y mediación

Para todo problema relacionado con condiciones de aplicación, el asegurado puede escribir a SEGUROS SILVAN DE UBARRI, S.L. – Calle Numancia, 134 – 08029 Barcelona. Si la respuesta obtenida no es satisfactoria, puede dirigir su reclamación a AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS – Calle Monseñor Palmer, 1 – Palma de Mallorca (Islas Baleares).

6.6 Falsa declaración intencionada o no intencionada

Toda reticencia o falsa declaración referente a los elementos constitutivos del riesgo o el siniestro conocidos del asegurado lo expone a la nulidad de la adhesión al contrato de seguro o de reducciones de indemnizaciones.

7. Valor de las franquicias

En caso de siniestro, se establece una franquicia a cargo del asegurado según lo siguiente: un diez por ciento (10%) con un mínimo de ciento noventa (190) euros por equipo para los equipos de tipología Instrumentación de redes; un diez por ciento (10%) con un mínimo de tres cientos cincuenta (350) euros por equipo para los equipos de tipología equipos médicos; ciento noventa (190) euros por equipo para los equipos de tipología smartphone cuyo valor unitario es superior a mil (1.000) euros; y ciento cincuenta (150) euros por equipo para todo otro tipo de equipo.